Urge reconocer el sistema de usos y costumbres de los pueblos originarios en las leyes estatales: Ángel Cedillo
Morelia, Michoacán a 09 de junio de 2016.- Los usos y
costumbres en las comunidades indígenas deben ser reconocidos a plenitud en las
leyes locales como un instrumento que genera derecho y que es fuente de la
norma jurídica, consideró el diputado local, Ángel Cedillo Hernández Presidente
de la Comisión de Pueblos Indígenas en el Congreso del Estado, quien urgió el
reconocimiento de este sistema en diversos ordenamientos locales que afectan la
vida de los pueblos originarios.
El diputado local por el Distrito de Uruapan Norte,
afirmó que persiste la deuda ancestral con los grupos étnicos del estado a
quienes pese a que la Constitución Federal los faculta en el artículo segundo
para aplicar sus sistemas normativos, es decir el derecho indígena, persiste la
resistencia en todos los ámbitos, pero especialmente en el de justicia.
Expuso que pese al reconocimiento de la pluriculturalidad
en la Constitución Política del país, y del estado, permanece la reticencia
sobre los sistemas jurídicos indígenas, por ello hizo énfasis en que trabajan
en la construcción de una Ley Indígena que contemple el reconocimiento pleno a
los usos y costumbres, pero a la par en el reconocimiento de los usos y
costumbres en otros instrumentos legales.
Ángel Cedillo subrayó que el reconocimiento de estas
normas emanadas del derecho indígena, permitirá establecer en los mismos
términos de la Constitución Federal mecanismos de solución de conflictos
internos que no sean contrarias a los derechos humanos, en otros ordenamientos
del ámbito estatal.
Actualmente, comentó que las normas estatales en
ocasiones se contraponen con los sistemas jurídicos indígenas, lo que origina
que se incurra en actos que violan los derechos fundamentales de los pueblos
indígenas reconocidos en tratados internacionales que ha signado nuestro país.
Recordó que México está adherido al Convenio 169 de la
OIT (1981) que reconoce en los usos y costumbres una forma de regirse de los
pueblos originarios, y los cuáles está obligado a cumplir con los mismos.